El Perú es uno de los países más afectados del mundo por la pandemia. Al igual que el resto de estados, el país sudamericano tuvo que tomar medidas muy restrictivas en cuanto a la circulación de personas para ralentizar la expansión del virus. Para ello, el Gobierno declaró el Estado de Alarma para poder imponer la cuarentena obligatoria y ahora ha extendido la emergencia sanitaria. Aunque estos tres términos guardan relación, no significan lo mismo y, por tanto, no deben confundirse.
Estado de Emergencia
El Estado de Emergencia es una medida excepcional que faculta al Gobierno a asumir plenos poderes durante todo el territorio. Sólo puede ser decretada en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación por un plazo máximo de 60 días. Actualmente, está fijado hasta el 30 de junio.
Durante la vigencia de esta medida, quedan restringidos los derechos constitucionales relacionados con la libertad y la seguridad personal, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de reunión y de circulación en territorio nacional.
Cuarentena
La cuarentena ha sido la medida estrella de los países en su lucha contra el COVID-19. Hace referencia al aislamiento social del conjunto de la sociedad en sus hogares para evitar o limitar la transmisión del virus. Sin embargo, esta no es una medida nueva, pues es la que se utilizó en otras grandes epidemias de la historia como la peste negra o la gripe española. En Perú se ha denominado Aislamiento Social Obligatorio.
Emergencia sanitaria
La declaración de emergencia sanitaria por parte de las instituciones hasta septiembre ha confundido a la ciudadanía, que lo equipara al Estado de Emergencia. Es una medida más relajada y hace referencia a las contrataciones de personal, compra de materiales o equipos de protección para hacer frente al coronavirus. Por otro lado, puede prorrogarse más de 60 días, duración límite que fija el Estado de Emergencia.
REDACCIÓN THALISMAN tomado de: Christian Redondo